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Recuerdo bien el clima y los debates previos a la aprobación de la Ley de Partidos de junio del 2002.
Todos los ciudadanos sabían que Batasuna, Euskal Herritarrok o cualquiera de los nombres con los que concurrirían a las urnas y obtenían representación política los testaferros de E.T.A.
eran eso, pura E.T.A. Pero no teníamos instrumentos para defender al Estado de derecho y a las instituciones democráticas de la contaminación que producía la llegada de estos enemigos.
Cierto es que hubo partidos políticos, en aquel momento también, que no veían la necesidad de que, en un texto legal, se identificaran y diferenciaran con toda nitidez
aquellas organizaciones que defienden y promueven sus ideas y programas, incluso aquellas que pretenden revisar el propio marco institucional con un escrupuloso respeto de los métodos
y principios democráticos respecto de aquellas otras que sustentan su acción política en la connivencia con la violencia y la violación continua de los derechos fundamentales y las libertades.
Pero la necesidad de defender la democracia de sus enemigos y el pacto de Estado entre el PSOE y el P.P.- que se inició con el pacto antiterrorista propuesto por José Luis Rodríguez Zapatero
y aceptado por Aznar que gobernaba entonces, en el año 2000- posibilitó la aprobación de una ley que ha sido, a mi juicio, el instrumento más importante en la lucha contra el terrorismo
de que se ha dotado nuestra nación. Una ley avalada, también, por nuestro Tribunal Constitucional como por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Hoy, a la luz de la experiencia y para que la ley cumpla con los objetivos definidos en su exposición de motivos es necesario, a nuestro juicio, dotar a la democracia española
de más y mejores instrumentos jurídicos para su defensa.
Lo que proponemos en esta iniciativa, que someto a su consideración para su posterior tramitación, es incorporar al texto de nuestra ley la doctrina emanada del Tribunal Supremo,
del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a fin de unificar doctrina y evitar que formaciones políticas que justifican y/o apoyan directa o indirectamente
la violencia terrorista puedan utilizar nuevas vías, cada vez más sofisticadas, para concurrir fraudulentamente a futuros procesos electorales y obtener representación
a fin de destruir la democracia desde dentro de las propias instituciones.
Una democracia ingenua deja de ser útil en la defensa de los derechos básicosde sus ciudadanos.
Jorge Wagensberg explicó nítidamente este riesgo: "Solo hay una contradicción mayor que negar la democracia a los antidemócratas, aceptar que estos acaben democráticamente con aquella".
A nuestro juicio, Señorías ha llegado la hora de actuar para evitar que eso suceda.
Por eso proponemos una reforma de la letra A del artículo 9.3 de esta Ley para tipificar determinadas conductas que no forman parte de la ley pero que han merecido esa consideración
por parte de los tribunales, para que sean incorporadas a la ley como causas de ilegalización de los partidos políticos.
En base a la jurisprudencia emanada del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos proponemos que se consideren conductas para la ilegalización
criticar la detención de terroristas; fundamento jurídico Quince de la sentencia 138/2012 del Tribunal Constitucional de una sentencia que legaliza Sortu y que dice
que son conductas que pueden conducir a la ilegalización "las expresiones de equiparación de la violencia terrorista con la coacción legítima que en un Estado de derecho
se reserva a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado cuando persiguen, detienen y ponen a disposición judicial a los responsables de los delitos de terrorismo
y a los jueces y tribunales cuando les condenan en un proceso justo y con todas las garantías".
La primera cuestión a incorporar, por tanto: criticar la detención de terroristas.
Segunda cuestión a incorporar en este Artículo 9.3 letra A: omitir el rechazo o condena pública expresa o inequívocamente de las acciones y trayectorias de un grupo terrorista o violento.
Esta consideración está basada en la sentencia del Tribunal Supremo del 27 de marzo que señala expresamente que, en relación a la negativa de Batasuna y de sus dirigentes
a condenar el atentado de Santa Pola en agosto del 2002: "No es tolerable, pues, desde la perspectiva constitucional la existencia de unos partidos políticos que no se posicionen conceptualmente,
de manera clara e inequívoca en contra de la actividad terrorista o que con ambigüedad calculada intenten disimular de manera sistemática su falta de rechazo hacia esos hechos criminales
lamentando formalmente sus consecuencias, pero sin incluir un solo término de reproche hacia la bárbara actitud de quienes las provocan
utilizando la violencia como método para consecución de sus objetivos".
Y en tercer lugar y en esta misma letra, que la falta de condena del terrorismo sea considerada como un apoyo tácito de este
Esto es en relación a una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de junio del 2009 que dice que cuando la alta jurisdicción rechaza condenar la violencia
como una actitud de apoyo tácito al terrorismo y ello en un contexto de terrorismo que existe desde hace 30 años y que es condenado por el resto de los partidos en su conjunto-
y no me digan que el terrorismo no existe porque si existe la organización terrorista existe el terrorismo-.
Esa misma resolución dice que: "Los comportamientos de los hombre públicos que engloban de ordinario no solo sus acciones o discursos, sino también, en ciertas circunstancias, sus omisiones
o silencios que pueden equivaler a tomas de posición y ser tan elocuentes como cualquier acción de apoyo expreso".
También planteamos, con idéntico objetivo y aval jurídico, que se añada una nueva letra, la 'J', al Artículo 9.3 para que sea causa de ilegalización de un partido político la difusión,
por cualquier medio de ideas o doctrinas que nieguen la existencia de la historia criminal o terrorista o legitimen, esculpen, o minimicen las acciones o fines pasados, presentes o futuros
de las organizaciones terroristas negando el carácter delictivo de sus actos o defendiendo la existencia de una hipotética justa causa que los justifique.
Seguramente no hace falta que les ponga ejemplos de hasta qué punto son necesarios estos cambios para evitar la burla al Estado de derecho y la humillación al conjunto de la sociedad y
particularmente a las víctimas. Pero, por si acaso alguien quiera hacerse el despistado, recuerden a la dirigente de Bildu en el Parlamento vasco declarando que el asesinato de Fernando Buesa
obedeció a causas políticas o que el secuestro realizado por esa misma dirigente y posterior asesinato de una víctima de E.T.A. ha de calificarse como un acto militar.
Y recuerden a esos mismos dirigentes de partidos políticos que hoy están en las instituciones democráticas, también en esta,
calificando como presos políticos a los terroristas encarcelados por sus crímenes.
Una de las experiencias adquiridas es que rara vez un partido político es tan ingenuo, por llamarlo así, como para reconocer abiertamente en sus estatutos el apoyo expreso al terrorismo
de forma que tanto sus actos como omisiones han de valorarse en un contexto de simulación y fraude que es característico en las organizaciones que sustentan su acción política
en la connivencia con la violencia. En ese contexto adquiere esencial importancia la valoración de la prueba indiciaria, máxime cuando se trata de la creación de un nuevo partido político
que presenta sus estatutos, puesto que el partido aún no existe y no desarrolla actividad.
Por eso, y en coherencia con la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de junio del 2009 y con el voto particular de Javier Delgado en la sentencia del Tribunal Constitucional
que legalizó Sortu, planteamos que se incorpore algún párrafo nuevo al Artículo 9.4 de la mencionada ley porque la referida sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
-y ya es lamentable que este Tribunal vaya en esta materia por delante de nuestra propia legislación- dice expresamente: "Los estatutos y el programa de un partido político
no pueden ser tomados en cuenta como único criterio para determinar sus objetivos e intenciones. Es preciso comparar el contenido de dicho programa con los actos
y tomas de posición de los miembros y dirigentes del partido político en cuestión y el conjunto de estos actos y tomas de posición siempre que formen un todo revelador del fin
y de las intenciones del partido pueden ser tomados en cuenta en el procedimiento de disolución de un partido político".
Esto que dice el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, ¿no tendría sentido que fuera incorporado a nuestra propia legislación?
¿No tenemos nosotros más derecho y más obligación de defender nuestra democracia más y mejor o por lo menos igual que la defiende el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?
Porque en esa misma sentencia se dice que "No puede exigirse- y esto me parece fundamental- del Estado que espere para intervenir a que un partido político se apropie del poder
y comience a poner en práctica un proyecto político e incompatible con las normas del convenio. Porque un Estado debe de poder, razonablemente, impedir la realización
de un proyecto político incompatible con las normas del convenio antes de que sea puesto en práctica ese proyecto político mediante actos concretos que conlleven un riesgo
de comprometer la paz civil y el régimen democrático del país". Otra vez la apelación de Jorge Wagensberg. No hay nada peor que permitir que los enemigos de la democracia,
desde dentro de las instituciones democráticas terminen con la propia democracia.
El Tribunal Europeo, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo nos muestran el camino de la reforma que proponemos.
Resulta de capital importancia la valoración de la negativa, en este sentido, de un partido político a condenar el terrorismo mediante actos concluyentes. Por ejemplo,
cuando se han producido atentados o detenciones de terroristas- que todavía se producen- resulta determinante; o en las propias instituciones ante iniciativas de otros partidos políticos.
Desde el respeto a los valores y principios democráticos ha de exigirse una respuesta clara y expresa, no siendo admisible una postura pasiva
o una mera declaración genérica de rechazo de la violencia, No son solo palabras de mi Grupo, son palabras de la sentencia reiterada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Otra cuestión que merece nuestra atención en esta proposición es la relativa al 'negacionismo' del genocidio o del terrorismo. Una variante tan sutil como peligrosa del ‘negacionismo’ es aquella que
sin cuestionar propiamente la ocurrencia de los hechos niega su carácter criminal, calificando a los mismos de "acciones armadas" consecuencia del "conflicto" o considera la violencia ejercida
como de naturaleza política o se refiere a los criminales detenidos como condenados como presos de conciencia o como presos políticos.
Supongo que no hace falta que les refresque la memoria con los ejemplos que vivimos cada día dentro de nuestras instituciones. Pero esto no es nuevo.
Hannah Arendt, en su informe sobre la banalidad del mal decía que: "En la medida en la que realmente pueda llegarse a superar "el pasado", esta superación consistirá en narrar lo que sucedió".
En contar la historia, contar la verdad, en no consentir que nadie nos cambie nuestra propia historia. Negar el carácter criminal del terrorismo es una forma de legitimarlo y supone un apoyo tácito
a tales comportamientos y una humillación a las víctimas porque no hay mayor ofensa que comparar el sufrimiento de las víctimas con el sus verdugos.
Es hora, pues, de combatir esta legitimación, no solo desde el discurso político, sino también desde el reproche penal concreto.
Los países serios no tienen complejos a la hora de defender su democracia. Por eso, revisan periódicamente las leyes a la luz de sus consecuencias.
Alemania, por poner un ejemplo, presentará en junio de este mismo año, a través del Bunderstag, un recurso ante su Tribunal Constitucional para ilegalizar el partido Nazi aunque no actúe.
Además, cabe destacar, son los Socialdemócratas alemanes con el apoyo de los Verdes los que llevan la iniciativa en todos los Länders a favor de esta reforma.
Los alemanes conocen su historia y no tienen ninguna intención de posibilitar que se repita. Los españoles conocemos la nuestra, debiéramos hacer lo propio: evitar que la historia se repita.
E.T.A., como muestra en sus comunicados, sigue siendo hoy el enemigo mortal de nuestra democracia. El único rescoldo vivo del franquismo.
Para aquellos que prefieren creer en los criminales y atender a sus versiones en vez de a la historia, en vez de fijarse en los hechos, conviene recordar que E.T.A. sigue existiendo
y que su historia de terror ha tenido como caldo de cultivo la democracia.
De los 857 asesinados por la banda E.T.A. 44 ciudadanos lo fueron durante la dictadura y 813 ciudadanos fueron asesinados en y contra la democracia.
Los acuerdos entre partidos han de tener como objetivo defender la democracia no solo de forma genérica, sino concretamente de aquellos que actúan con el fin y objetivo de destruirla.
Por eso les proponemos una reforma de nuestra ley de partidos políticos avalada por la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por nuestro Tribunal Constitucional
y por nuestro Tribunal Supremo para evitar que la organización terrorista E.T.A. actúe con impunidad desde dentro de nuestras propias instituciones democráticas.
No hay mayor corrupción política que la permisividad por acción u omisión ante el terror. ¿Cómo vamos a perseguir a los que fomentan el latrocinio si no somos capaces de perseguir
a los que fomentan el crimen y la destrucción de nuestras propias instituciones democráticas?
Ninguna democracia que merezca tal nombre permite que existan caballos de Troya del totalitarismo insertados dentro de las instituciones democráticas.
Las naciones libres no se acomodan a convivir con los enemigos de la democracia. Por eso, confío que estemos a la altura y que en este debate lo Político se imponga a lo partidario
y dotemos a nuestra democracia de instrumentos para defenderla de sus enemigos porque solo así estaremos defendiendo al conjunto de los ciudadanos.