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Las OSC y el mecanismo de revisi—n de la UNCAC
Video de Capacitaci—n para OSC
Introducci—n
Este video le servir‡ de ayuda a la hora de monitorear y participar en la revisi—n de la Convenci—n Contra la Corrupci—n de la ONU, la UNCAC.
En los 6 cap’tulos de este video analizaremos:
El funcionamiento del proceso de revisi—n;
como monitorear el proceso de revisi—n;
Y como monitorear a su gobierno en la implementaci—n de la UNCAC.
ÀPor quŽ deber’an molestarse las OSC y ejecutar un proceso de revisi—n?
Todos sabemos la seriedad que conlleva el problema de la corrupci—n.
Para reforzar la lucha contra la corrupci—n, en el a–o 2003 las Naciones Unidas pactan una Convenci—n contra la Corrupci—n.
La UNCAC es el primer tratado anti-corrupci—n global,
cuyo enfoque integral permite la lucha anticorrpuci—n a una escala mundial.
Ratificado por 148 estados para el a–o 2010,
incluye la obligaci—n a los gobiernos de prevenir y penalizar la corrupci—n,
ademas de cooperar internacionalmente con otros pa’ses.
La UNCAC es un hito mayœsculo,
pero solo un monitoreo constructivo har‡ que los gobiernos la tomen verdaderamente en cuenta.
Capitulo 1 El Cuadro General
En la reuni—n de Doha de 2009,
los pa’ses firmantes de la UNCAC adoptaron un mecanismo de seguimiento,
el primer proceso de revisi—n por pares del sistema de las Naciones Unidas.
El mecanismo consta de 3 cuerpos que sostienen el proceso de revisi—n.
todos los estados firmantes de la UNCAC deben ser examinados
por equipos de revisi—n por pares, integrados por expertos de dos pa’ses participantes.
No es obligatorio para los pa’ses incluir a grupos civiles en el proceso,
como tampoco lo es el facilitar el acceso pœblico a los resultados de la revisi—n.
Sin embargo, la sociedad civil es un engranaje esencial para que el mecanismo funcione con fluidez y efectividad.
La Convencion de las Naciones Unidas contra la Corrupcion
es, a mi entender, uno de los pocos instrumentos vinculantes
que hayan dedicado un art’culo entero a la participaci—n de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
En este art’culo se solicita a los Estados miembros, que son los verdaderos Signatarios de la Convencion contra la corrupcion,
que tomen todas las medidas para que las organizaciones no gubernamentales puedan participar.